
FOTO: FISCAL FEDERAL LUIS BENITEZ
Con la exposición de Carlos Ojeda culminó la etapa de alegatos de la querella. Continuaron los fiscales realizando un pormenorizado análisis de los delitos cometidos en Formosa en el marco de los objetivos del proceso como asociación ilícita.
“EXTERMINIO DE UN GRUPO DE NACIONALES”
Para el doctor Carlos Ojeda, patrocinante de la familia Carrillo y de la APDH, en su alegato caracterizó la configuración del delito de asociación ilícita por parte del imputado Colombo desde su decisión de integrar el grupo que diseñó el derrocamiento del gobierno constitucional perpetrado el 24 de marzo de 1976, considerado el golpe de estado como la matriz misma del delito cometido.
Para el letrado “había una voluntad inequívoca de conformar una estructura de poder, una verdadera asociación ilícita, para alzarse contra las instituciones democráticas, conformando en Formosa una asociación ilícita local, para aniquilar un grupo de nacionales que se oponían a su proyecto, colaborando, y poniendo a disposición elementos, personal, y los medios económicos necesarios, en su calidad de gobernador”.
Volvió a recalcar que en Formosa, “ no se secuestró ningún arma, no hubo ningún atentado, ni un hecho de sangre, ni un levantamiento que pudiera justificar semejante estructura terrorista como la que se implementó al mando del dictador Colombo.
Caracterizó y probó cada uno de los delitos de lesa humanidad que se le imputa, enmarcándolos en el delito de genocidio, reiterando como sus pares la solicitud de una pena de reclusión perpetua.
“GOBERNABA UNA PATOTA”.
El fiscal Luis Benitez explicó con detalles el Plan del Ejército, diseñado antes del golpe de estado, que viera la luz ante la ciudadanía al ser usado como prueba por el general Acdel Vilas cuando era juzgado, para acogerse al beneficio de la ley de obediencia debida. Según dicho Plan, el motivo de la subversión no hacía más que encubrir el verdadero objetivo del PRN: la usurpación del poder a las autoridades legítimamente constituidas.
Utilizó la distinción de Emilio Fermín Mignone entre normativa pública y secreta del partido militar. La pública fue la conocida, como la ley 20840, el decreto 1368 del estado de sitio y el que ordenaba aniquilar la subversión. Así y todo, el propio gobierno militar, tampoco las cumplió, sino que las “extinguió”, pero la normativa secreta fue aplicada sin restricciones, argumentó Benitez .
¿Cuál fue el motivo para tomar el poder? se preguntó el fiscal. Respondiendo: para la implementación de un proyecto político económico determinado, según el Plan del Ejército con las metodologías explicadas en los documentos internos y reservados que reconoció el ex coronel Pedrazini, a requisitoria de la querella.
Además, “el 24 de marzo de 1976 dejaron sentado que iban a cometer el delito de sedición ante escribano público”. Después de enumerar puntos que caracterizó de “escalofriantes” del Plan del Ejército sobre la misión, ejecución e instrucciones de coordinación” remarcó que las acciones militares, según esta propia documentación reservada se iban a “encubrir en la lucha contra la subversión”.
Señaló que en este plan militar “se consideran oponentes a todas las organizaciones o elementos integrados en ellas, existentes en el país o que pudieran surgir que en cualquier forma se opongan a la toma del poder y obstaculicen el normal desenvolvimiento del gobierno militar a establecer”, señalando jerarquías de oponentes.
En primer orden figuraban los grupos armados, el PJ y los gremios, después seguían los clasificados en el grupo 2, grupo 3 y en el grupo 4 en el que se mencionaba a la UCR “como probable que no se oponga y hasta que pueda apoyar”. Concluyendo con la afirmación que “todo el plan se aplicó en Formosa. Tanto la usurpación del poder, como la identificación de los oponentes, y los padecimientos que sufrieron, para asegurar el poder a Colombo y la Junta Militar”.
Refutó argumentos tales como la justificación legal del “aniquilamiento” de la subversión y el amparo a los actos de represión por el decreto del estado de sitio que suprime las garantías constitucionales. Afirmando y probando que el propio gobierno militar transgredía las normas que decía defender, ya que ni lo normado por la justicia militar prevé la desaparición física del enemigo; ni se prevé el ascenso a general de un militar retirado, como en el caso del propio imputado… Concluyendo gráficamente “era una patota la que gobernaba”.
FALSEDAD DE LOS INFORMES MILITARES
El Fiscal Schaefer a su turno describió una por una la situación vivida por las once víctimas por las cuales está imputado Colombo. Fue extensa su intervención, en la que relacionó todas las declaraciones testimoniales corroborando la coherencia entre las mismas. Probando además la falsedad de los informes militares, sobre el día de detención, sobre actas con testigos que la propia policía desconoció, sobre la situación de “prófugos” de Carrillo y Mirta Insfrán –hoy desaparecidos; sobre las declaraciones bajo tormento de las víctimas donde se autoinculpan ante consejos de guerra.
Todo esto demuestra, para Shaefer que se trata de una maniobra bajo el mando directo de Colombo para la perpetración de los objetivos del PRN.
Al cierre de esta edición continuaba exponiendo para cerrar su alegato el fiscal Luis Benitez, detallando los elementos de cargo que se han comprobado en la causa que demuestran la directa participación del ex gobernador en los hechos que se le imputan.
Fuente: Agencia Padre Santiago Renevot
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